Artículo 33 de la Cámara de Comptos de Navarra
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»Artículo 33.
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1. Los Letrados de la Cámara de Comptos serán seleccionados por concurso-oposición, de entre quienes estén en posesión del título de Licenciado en Derecho.
2. El proceso selectivo incluirá también un periodo de formación y prácticas, que tendrá una duración de un año, y que será necesario superar para obtener el nombramiento definitivo como funcionario.
