Articulo 33 Capitalidad de Palma
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»Artículo 33
Vigente
Pueden ejercer la iniciativa ciudadana para proponer al Ayuntamiento la aprobación de una disposición municipal de carácter general los vecinos y las vecinas con derecho de sufragio activo en las elecciones municipales, que representen un número mínimo del 3% del padrón municipal total.

