Articulo 33 Coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales
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Artículo 33. Equipo de profesionales de la zona básica de servicios sociales

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley de servicios sociales inclusivos, el equipo de profesionales de la zona básica de servicios sociales constituye el núcleo de intervención del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales y estará compuesto por el equipo de intervención social y por unidades de igualdad, unidades de apoyo jurídico y unidades de apoyo administrativo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-05-2020 en vigor desde 07-05-2020