Artículo 33. DECRETO 91/2026, de 12 de junio, C. Valenciana, Reglamento de festejos tradicionales de bous al carrer
Artículo 33. Anclaje de las barreras de tijera.
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1. Para asegurar la estabilidad y resistencia frente a la acción de las reses, evitando que se deslicen o levanten, la estructura de las barreras de tijera dispondrá de un sistema de anclaje mediante el amarre a argollas alojadas en la vía pública de manera permanente, debiendo estar, asimismo, acodaladas lateralmente siempre que ello sea posible.
2. El acodalamiento lateral podrá excepcionarse en el caso de que las características particulares de protección histórico-artística u otras equivalentes de la construcción adyacente así lo justifiquen. Esta excepción deberá motivarse por el técnico competente en el informe a que hace referencia el artículo 46 de este reglamento. A estos efectos, se propondrán soluciones alternativas para mantener la estabilidad y solidez de la barrera.
3. Las barreras de tijera colindantes deberán atarse entre sí.
