Articulo 33 Derechos y Se...s Sociales

Articulo 33 Derechos y Servicios Sociales

Ver Indice
»

Artículo 33. Inicio del derecho y forma de pago.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La prestación se devengará a partir del primer día del mes siguiente a aquel en que se presente la solicitud.

2. El pago de la Renta Social Básica se efectuará por mensualidades vencidas.

Modificaciones