Articulo 33 entrada en vigor y aplicacion entrada Aprobación de normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional
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»Artículo 33 Entrada en vigor y aplicación
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La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Los artículos 13 y 29 serán aplicables a partir del 21 de julio de 2015.
