Articulo 33 Ganaderia

Articulo 33 Ganaderia

Ver Indice
»

Artículo 33. Apoyo económico a la modernización.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El régimen de ayudas a la modernización favorecerá las inversiones tendentes a renovar las instalaciones, equipos e infraestructuras de las explotaciones, con especial atención a la mejora de las condiciones de higiene, salubridad y bioseguridad, y a la adaptación de aquéllas a las condiciones de bienestar animal y de reducción de los impactos ambientales provocados por la propia actividad.

2. El apoyo económico a la incorporación de nuevas tecnologías en las empresas ganaderas comprenderá los ámbitos de la genética y la reproducción, la alimentación, el manejo y la gestión de la explotación.

3. La administración pecuaria autonómica destinará a estas acciones los fondos procedentes del Estado y de la Unión Europea y los propios que asigne la Generalitat en los presupuestos anuales.

4. En todo caso la regulación de las ayudas que se establezcan se someterá a las reglamentaciones generales y sectoriales establecidas por la Unión Europea.