Articulo 33 Gobierno de Aragon, por el que se aprueba el Reglamento de Territorio y Poblacion de las Entidades Locales de Aragon
Artículo 33. Ayudas y subvenciones.
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1. El Gobierno de Aragón fomentará, mediante ayudas técnicas y económicas, la reestructuración del mapa municipal en aquellos casos en que se acuerde voluntariamente por los Ayuntamientos su fusión o incorporación a otros municipios limítrofes, al objeto de constituir una única entidad municipal con población y territorio más idóneos para el ejercicio de sus potestades como Administración pública, la prestación de servicios a sus habitantes y la gestión de los intereses de su territorio.
2. Con dicho objeto, con cargo al Programa de Política Territorial del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales se concederán ayudas a las fusiones o incorporaciones, en la cuantía que se determine, así como transferencias a favor de los nuevos municipios resultantes durante el plazo que se establezca.
