Articulo 33 Igualdad de Mujeres y Hombres Bizkaia
Artículo 33. Corresponsabilidad y conciliación
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1. El Sector Público Foral de Bizkaia potenciará en los ámbitos de negociación colectiva correspondientes la búsqueda de acuerdos tendentes a alcanzar medidas como las siguientes:
a) Elaborar un Plan Foral de Igualdad para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de su personal que promueva además la corresponsabilidad. Este plan se presentará en un plazo no superior a seis meses, después de la aprobación de esta norma foral.
b) Difundir y promover el uso de los derechos laborales en materia de género existentes en el Sector Público Foral de Bizkaia.
c) Garantizar que las personas que se acojan a cualquiera de los derechos relacionados con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral puedan acceder en igualdad de condiciones a los procesos de promoción, a las actividades formativas y cualesquiera otras oportunidades vinculadas a sus puestos de trabajo.
d) Impulsar la flexibilidad horaria y espacial que favorezca la conciliación y promueva la corresponsabilidad.
e) Elaborar un plan de actuación específico que promueva la corresponsabilidad de los hombres en el cuidado.
2. Con el objetivo de fomentar la corresponsabilidad, la Diputación Foral de Bizkaia garantizará el acceso de los trabajadores a un permiso de paternidad equivalente al permiso por maternidad e impulsará que hombres trabajadores se beneficien de esa opción.
