Articulo 33 para la igualdad de mujeres y hombres -Derogada-
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»Artículo 33. Promoción autonómica de planes municipales de igualdad.
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1. La Xunta de Galicia promocionará, a través de una convocatoria anual de ayudas adoptadas una vez oída a la Federación Gallega de Municipios y Provincias, la creación y el mantenimiento de planes municipales de igualdad y promoverá la creación de concejalías de la mujer.
2. El departamento de la Administración autonómica con competencias en materia de trabajo establecerá reglamentariamente líneas de ayuda para la contratación de personal especializado en el ámbito laboral destinado a asesorar en la elaboración de planes municipales de igualdad.
Modificaciones
- Artículo modificado (Artículos 33) por LEY 2/2007, de 28 de marzo, del trabajo en igualdad de las mujeres de Galicia.
(BOE de 18-05-2007) en vigor desde 03-05-2007
