Articulo 33 Igualdad de mujeres y hombres I. Balears
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»Artículo 33. Medidas para promover la igualdad
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Sin perjuicio de otras medidas que se consideren oportunas, las normas que regulen los jurados creados para la concesión de cualquier tipo de premio promovido o subvencionado por la Administración así como las que regulen órganos afines habilitados para adquirir fondos culturales o artísticos incluirán una cláusula por la que se garantice en los tribunales de selección una representación equilibrada de mujeres y hombres con capacitación, competencia y preparación adecuadas.
