Artículo 33 impulso y promoción de la producción ecológica y otras producciones agrarias, pesqueras y acuícolas certificadas en Andalucía
Ver Indice
»Artículo 33. Semillas y material de reproducción vegetativo.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Como un elemento importante para las producciones ecológicas y otras producciones agrícolas certificadas, así como para la conservación de la biodiversidad y del patrimonio genético, se impulsarán el estudio y, en su caso, registro, conservación y uso de las variedades vegetales autóctonas de Andalucía como variedades adaptadas al medio.
2. En el establecimiento de incentivos públicos a la producción agrícola ecológica y otras producciones agrarias certificadas, se considerará mérito preferente el uso de variedades vegetales autóctonas andaluzas registradas, de acuerdo con la Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogenéticos.
