Artículo 33 medidas 2026 fiscales y administrativas para Galicia
Artículo 33. Modificación de la Ley 8/1987, de 25 de noviembre, por la que se establece la gratuidad de los estudios de bachillerato, formación profesional y artes aplicadas y oficios artísticos en los centros públicos y la autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Galicia
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Ley 8/1987, de 25 de noviembre, por la que se establece la gratuidad de los estudios de bachillerato, formación profesional y artes aplicadas y oficios artísticos en los centros públicos y la autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Galicia, queda modificada como sigue:
Uno. Se modifica la numeración y el título de la disposición adicional, que pasan a tener la siguiente redacción:
«Disposición adicional primera. Modificación de las tasas».
Dos. Se añade una disposición adicional segunda, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional segunda. Autonomía de gestión económica del Centro Autonómico de Formación e Innovación y de los centros de formación y recursos
Al Centro Autonómico de Formación e Innovación y a los centros de formación y recursos les será aplicable lo dispuesto en los artículos 9, en lo que se refiere a la autonomía en su gestión económica, 10 y 12 de esta ley.».
