Articulo 33 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2001 de la Generalitat
Ver Indice
»Artículo 33.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se modifica el apartado Dos del artículo 11 de la Ley 4/1988, de 3 de junio, que queda redactado de la siguiente forma:
Dos. Se entiende por Salones Recreativos aquellos establecimientos dedicados exclusivamente a la explotación de máquinas de tipo A o puramente recreativas. Se denominarán Salones Cyber cuando en los mismos se explote únicamente máquinas recreativas de tipo A mediante soporte informático.
