Articulo 33 Medidas ante el reto demográfico y territorial
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Artículo 33. Promoción de jóvenes agricultores y agricultoras.

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1. La Junta de Extremadura adoptará medidas destinadas a incentivar el relevo generacional en el sector mediante la creación de empresas para jóvenes agricultoras y agricultores, y a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante planes de mejora, impulsando a aquellos jóvenes que ya han tenido una primera oportunidad con pequeñas explotaciones, y prestando especial atención en aquellas zonas con una mayor tasa de paro juvenil y más vulnerables ante el fenómeno demográfico, sin perjuicio de la promoción de personas mayores de 40 años como agricultoras y agricultores.

Asimismo, se flexibilizarán los requisitos para las ayudas de incorporación a joven agricultor o agricultora, contemplando la posibilidad de compaginar œ UTA más horas de transformación y venta directa.

2. Las bases reguladoras de las ayudas a la mejora y modernización de explotaciones agrarias mediante planes de mejora establecerán la concesión prioritaria a las jóvenes agricultoras y agricultores, a las explotaciones agrarias con titularidad compartida y a las extremeñas y extremeños retornados que acrediten tal condición, así como a nuevas y nuevos pobladores.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-03-2022 en vigor desde 22-03-2022