Articulo 33 Ordenación de la Actividad de los Centros y Servicios de Acción Soci...s Servicios Sociales
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Articulo 33 Ordenación de la Actividad de los Centros y Servicios de Acción Social y de Mejora de la Calidad en la Prestación de los Servicios Sociales

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Artículo 33. Revisión y actualización de las sanciones.

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Las cuantías de las sanciones podrán ser revisadas y actualizadas periódicamente por el Consejo de Gobierno, teniendo en cuenta la variaciones del Índice de Precios al Consumo y dando cuenta a la Comisión de Servicios Sociales de la Asamblea de Madrid en el plazo de quince días hábiles.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-12-2002 en vigor desde 23-03-2003