Articulo 33 Presupuestos 2007 Murcia
Artículo 33. - Oferta de empleo público.
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Durante el año 2007, el número total de plazas de nuevo ingreso del personal del sector público regional será, como máximo, igual al 100 por 100 de la tasa de reposición de efectivos y se concentrarán en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales. Dentro de este límite, y sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 7.4 y 23.1 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, la oferta de empleo público incluirá todos los puestos y plazas desempeñados por personal interino, nombrado o contratado en el ejercicio anterior, excepto aquellos sobre los que existe una reserva de puesto o estén incursos en procesos de provisión.
Con independencia de lo dispuesto en el párrafo primero de este artículo, la Administración Regional podrá convocar los puestos o plazas correspondientes a los distintos cuerpos, escalas o categorías que, estando dotados presupuestariamente e incluidos en las relaciones de puestos de trabajo, así como en las plantillas de personal laboral, se encuentren desempeñados interina o temporalmente con anterioridad a la fecha que establezca el articulado de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, no computando estas plazas a efectos de la correspondiente oferta de empleo público.
En cualquier caso, las plazas correspondientes a los nombramientos y contrataciones de personal interino computarán a efectos de cumplir el límite máximo de la tasa de reposición de efectivos en la oferta de empleo público correspondiente al mismo año en que aquéllos se produzcan y si no fuera posible, en la siguiente oferta de empleo público.
