Articulo 33 Procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de medicamentos de uso humano fabricados industrialmente
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»Artículo 33. Incorporación de símbolos y motivos gráficos.
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1. Será obligatorio incluir en el etiquetado los símbolos recogidos en el anexo IV
2. Se podrá autorizar la inclusión de otros motivos gráficos que, siendo conformes a la ficha técnica, y no teniendo carácter publicitario, sean adecuados para facilitar la interpretación por los pacientes y usuarios de determinadas menciones del anexo III.
