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Articulo 33 Procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho de acceso a los servicios y prestaciones económicas del sistema para la autonomía y atención a la dependencia

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Artículo 33. Determinación de la cuantía mensual de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar y apoyo a personas cuidadoras no profesionales.

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1. La cuantía mensual de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar se calcula aplicando la siguiente fórmula:

CPE = 100%Cmax x [1,06 – (0,08 x CEB / Iprem)]

Donde:

CPE: Cuantía mensual de la prestación económica.

Cmax: Cuantía máxima de la prestación económica por grado.

CEB: Capacidad económica mensual.

2. La determinación de la cuantía individual de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar se efectuará en función de la dedicación horaria de los cuidados, de tal forma que en la dedicación completa se percibirá el 100% de la prestación que le correspondiera y el 50% en la dedicación media. Si la persona cuidadora trabaja fuera del hogar a jornada completa se percibirá el 50% de la cuantía correspondiente, excepto si está apoyada en los cuidados por otra tercera persona contratada de acuerdo con lo previsto en el artículo 17.6 del Decreto 3/2016, de 26 de enero, en cuyo caso se reconocerá el 100%.