Articulo 33 Régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades
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»Artículo 33. Interoperabilidad de datos
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La consejería competente en materia de actividades clasificadas y espectáculos públicos impulsará una plataforma interadministrativa para garantizar la interoperabilidad de los datos de los registros municipales de actividades permanentes y facilitar el acceso público en los términos que se prevean reglamentariamente.
Modificaciones
- Artículo modificado (33) por Decreto ley 9/2022, de 7 de noviembre, de medidas urgentes para compensar la inflación en las Illes Balears
(PM de 08-11-2022) en vigor desde 08-11-2022
