Articulo 33 Reglamento de asistencia jurídica gratuita de Andalucía
Ver Indice
»Artículo 33. Formación y especialización.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Consejería competente en materia de justicia determinará mediante Orden los criterios de formación y especialización complementarios a los generales establecidos por el Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 1/1996, de 10 de enero y el artículo 33 del Real Decreto 996/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita.
