Articulo 33 Reglamento ca... mortuoria

Articulo 33 Reglamento catalán de policía sanitaria mortuoria

Ver Indice
»

Artículo 33.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



33.1 La autopsia no judicial con finalidad de investigación científica y la utilización de cadáveres para la enseñanza sólo pueden realizarse en los casos y las circunstancias previstas en las disposiciones vigentes, siempre y cuando no conste la oposición de la persona del finado o de la familia de éste y no haya intervención judicial.

33.2 Las autopsias deben realizarse conforme a lo que dispone la normativa reguladora de la materia.