Articulo 33 Reglamento general de carreteras
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Artículo 33. Red estructurante

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La Red estructurante está formada por los grandes ejes que, junto con la Red de carreteras del Estado, vertebran el territorio, o conectan con las redes de carreteras de la República Portuguesa y de las comunidades autónomas de Asturias y Castilla y León y relacionarlas entre sí:

a) Los espacios urbanos.

b) Los nodos del sistema urbano intermedio.

c) Los aeropuertos y puertos de intereses general del Estado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-06-2016 en vigor desde 08-07-2016