Articulo 33 Reglamento de la Ley 3/1993, Forestal
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Artículo treinta y tres

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Las reclamaciones sobre inclusión de montes en este Catálogo, que entablen los propietarios afectados serán de carácter administrativo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-06-1995 en vigor desde 02-06-1995