Articulo 33 Reglamento de...es locales

Articulo 33 Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales

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Artículo 33. Propuesta de clasificación de los contratistas

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La propuesta de clasificación que se tenga que exigir a los contratistas que aspiren a la adjudicación del contrato se efectuará de manera justificada por el técnico autor del proyecto, de conformidad con la normativa que regule esta materia, y se incluirá como documento anexo a la memoria del proyecto.