Articulo 33 Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales
Ver Indice
»Artículo 33. Propuesta de clasificación de los contratistas
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La propuesta de clasificación que se tenga que exigir a los contratistas que aspiren a la adjudicación del contrato se efectuará de manera justificada por el técnico autor del proyecto, de conformidad con la normativa que regule esta materia, y se incluirá como documento anexo a la memoria del proyecto.
