Articulo 33 Reglamento de organizacion y funcionamiento de la Policía Foral -Derogado-
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»Artículo 33. División de Información.
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Corresponde a la División de Información el ejercicio de las funciones previstas en este Decreto Foral en los siguientes ámbitos de la actuación policial:
a) Organizar y gestionar la recogida, tratamiento y explotación de la información de interés general para la prevención, el mantenimiento del orden y la seguridad, así como la prevención e investigación de grupos y bandas delincuenciales que operen en el territorio competencial.
b) Dar apoyo a cualquier unidad orgánica de prevención e investigación.
c) Cualquier otro de análoga naturaleza que le sea encomendado.
Modificaciones
- Modificación realizada (33) por DECRETO FORAL 76/2010, de 30 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 265/2004, de 26 de julio.
(NA de 20-12-2010) en vigor desde 21-12-2010 - Artículo modificado (33) por DECRETO FORAL 103/2008, de 20 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de Organizacion y Funcionamiento de la Policia Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 265/2004, de 26 de julio.
(NA de 10-11-2008) en vigor desde 11-11-2008
