Articulo 33 Reglamento de...ión Urbana

Articulo 33 Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana

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Artículo 33.

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1. Cuando las circunstancias asi lo exijan, podra proponerse un unico sector de planeamiento.el planeamiento detallado de los sistemas generales se realizara mediante planes especiales, salvo que sea aconsejable su inclusion en la ordenacion de los sectores a desarrollar por planes parciales.

2. Los planes parciales o los especiales, en su caso, podran precisar los detall de trazado de las redes viarias y de servicios ajustandolas a las caracteristicas fisicas del terreno o a la estructura urbanistica que se derive del grado de ejecucion de sectores colindantes y de las reglamentaciones vigentes.