Artículo 33 Se regulan la...u registro

Artículo 33 Se regulan las entidades de certificación de conformidad municipal en la Comunidad Autónoma de Galicia y su registro

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Artículo 33. Efectos de la presentación de la certificación de conformidad

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1. Las solicitudes de licencia, las declaraciones responsables y las comunicaciones previas que se presenten acompañadas de una certificación de conformidad emitida por una ECCOM tendrán los efectos previstos en los artículos 47.4 de la Ley 9/2013, de 19 de diciembre, y 146.bis de la Ley 2/2016, de 10 de febrero.

2. El reconocimiento de derechos por efecto de lo previsto en los números 4 y 5 del artículo 146.bis de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, no priva a los ayuntamientos de las competencias de comprobación e inspección que les reconoce la legislación urbanística, resultando de aplicación lo previsto en el artículo 154 del mismo texto legal.