Articulo 33 Sistema de seguridad pública
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»Artículo 33. Derecho de información.
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1. Los ciudadanos tienen derecho a ser informados de las situaciones de especial riesgo para la seguridad pública que afecten a su comunidad o una zona o un ámbito determinado, y de las medidas preventivas adecuadas para afrontarlas.
2. Los ciudadanos tienen derecho a ser informados de las medidas previstas en los planes de seguridad que puedan afectar a sus derechos e intereses y al normal desarrollo de la convivencia ciudadana.
3. Los órganos competentes para aprobar los planes y las medidas correspondientes para afrontar situaciones de especial riesgo deben establecer los medios adecuados para la difusión pública de las informaciones a que se refieren los apartados 1 y 2.

