Artículo 33 Texto consolidado del Decreto por el que se regulan las indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Administración autonómica
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»Artículo 33. Personas con derecho a percibir indemnizaciones
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Las personas designadas como miembros de las comisiones de evaluación, personal asesor o personal evaluador para ejercer las funciones definidas en los artículos 28, 23 y 24 del Real Decreto 1224/2009, respectivamente, con independencia de que cumplan o no la condición de personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, tienen derecho a percibir la indemnización por cada fase del procedimiento que se establece en el anexo 17 de este decreto.
Modificaciones
- Artículo modificado (33 (se añade)) por Decreto 4/2019, de 25 de enero, de modificación del Decreto 16/2016, de 8 de abril, por el que se aprueba el Texto consolidado del Decreto por el que se regulan las indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Administración autonómica de las Illes Balears
(PM de 26-01-2019) en vigor desde 27-01-2019
