Articulo 33 TR de disposiciones en materia de ordenación del territorio y urbanismo
Articulo 33 TR de disposi... urbanismo

Articulo 33 TR. de disposiciones en materia de ordenación del territorio y urbanismo

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Artículo 33. Documentación.

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El contenido de las Directrices Regionales, Subregionales y Sectoriales de Ordenación del Territorio se concretará en los siguientes documentos:

a) Estudios y planos de información

b) Planos de delimitación de su ámbito territorial

c) Memoria explicativa en la que se justifique el ámbito elegido y los criterios de evaluación utilizados, en el supuesto específico de las Directrices Regionales y Subregionales, así como, en su caso, la necesidad de redactar Directrices Sectoriales en dicho ámbito.

d) Explicitación de objetivos

e) Directrices de ordenación territorial y expresión gráfica de las mismas. En el supuesto de las Regionales y Subregionales, la expresión gráfica se referirá al esquema de ordenación territorial y áreas de protección.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-04-2004 en vigor desde 28-04-2004