Articulo 33 Turismo de Canarias
Ver Indice
»Artículo 33. Exigencia de estándares.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El planeamiento urbanístico municipal deberá adaptarse a los estándares mínimos de esta ley y a los que complementariamente se establezcan en su reglamento y en los Planes Insulares de Ordenación.
Modificaciones
- Artículo modificado (33) por Ley 14/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenacion del Turismo de Canarias.
(CN de 05-01-2010) en vigor desde 06-01-2010
