Articulo 330 TR. Ley Concursal

Articulo 330 T.R. Ley Concursal

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Artículo 330. Propuesta de convenio con cesión de las acciones o de los efectos de la reintegración.

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En la propuesta de convenio de contenido alternativo se podrá incluir como una de esas alternativas la cesión a uno o a varios acreedores o clases de acreedores de las acciones de reintegración de la masa activa.