Articulo 33310 Código Civil de Cataluña
Articulo 33310 Código Civil de Cataluña

Articulo 33310 Código Civil de Cataluña

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 333-10. Presentación de un informe anual sobre el cumplimiento del código de conducta

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Si la fundación hace inversiones financieras temporales en el mercado de valores, debe presentar un informe anual sobre el grado de cumplimiento del código de conducta que deben seguir las entidades sin ánimo de lucro de acuerdo con la normativa vigente o con lo dispuesto por la autoridad reguladora.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003