Articulo 3333 Código Civil de Cataluña
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»Artículo 333-3. Gastos de funcionamiento
Vigente
Los gastos derivados del funcionamiento del patronato y de sus órganos delegados, sin contar a tal efecto el coste de las funciones de dirección o gerencia, no pueden ser superiores al 15% de los ingresos netos obtenidos durante el ejercicio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003