Articulo 337 Reglamento d... Mercantil

Articulo 337 Reglamento del Registro Mercantil

Ver Indice
»

Artículo 337. Libros de sucursales.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las sucursales que dispongan de libros propios podrán legalizarse en el Registro Mercantil de su domicilio.