Articulo 34 Apoyo, asistencia y reconocimiento a víctimas de terrorismo
Ver Indice
»Artículo 34. Asistencia en el ámbito de la formación.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El Servicio Extremeño Público de Empleo promoverá la realización de cursos específicos dirigidos a todas aquellas personas que realicen funciones en las materias que abarca la actuación asistencial prevista en la presente ley.
