Artículo 34 las Ayudas de Emergencia Social
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»Artículo 34.- Compensación a los municipios de los recursos suplementarios destinados por los mismos a las ayudas de emergencia social.
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (34 (se deroga)) por LEY 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión.
(PV de 29-12-2022) en vigor desde 29-03-2023 - Artículo modificado (34 (se añade)) por DECRETO 85/2018, de 5 de junio, de segunda modificación del Decreto de ayudas de emergencia social.
(PV de 08-06-2018) en vigor desde 09-06-2018
