Articulo 34 Catálogo de e... y Locales

Articulo 34 Catálogo de establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas y Registros de Empresas y Locales

Ver Indice
»

Artículo 34. Actualización y modificación de los datos registrales.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Los Ayuntamientos y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra deberán mantener actualizada la información obrante en el registro de empresas y locales de espectáculos públicos y actividades recreativas.

2. Las empresas titulares de los establecimientos inscritos en la Sección Segunda del registro deberán comunicar al Ayuntamiento, a efectos registrales, las variaciones que se produzcan en relación con los datos señalados en las letras a), f) y g) del apartado 3, del artículo 32 de este Decreto Foral. Esta comunicación deberá realizarse dentro del plazo de quince días a contar desde aquel en el que se produjo la variación.