Articulo 34 Catálogo de establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas y Registros de Empresas y Locales
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»Artículo 34. Actualización y modificación de los datos registrales.
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1. Los Ayuntamientos y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra deberán mantener actualizada la información obrante en el registro de empresas y locales de espectáculos públicos y actividades recreativas.
2. Las empresas titulares de los establecimientos inscritos en la Sección Segunda del registro deberán comunicar al Ayuntamiento, a efectos registrales, las variaciones que se produzcan en relación con los datos señalados en las letras a), f) y g) del apartado 3, del artículo 32 de este Decreto Foral. Esta comunicación deberá realizarse dentro del plazo de quince días a contar desde aquel en el que se produjo la variación.
Modificaciones
- Artículo modificado (34) por DECRETO FORAL 37/2013, de 5 de junio, por el que se adoptan diversas medidas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas para transponer la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
(NA de 14-06-2013) en vigor desde 15-06-2013
