Articulo 34 Crédito Cooperativo

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Artículo 34. Órganos sociales.

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1.-Los órganos sociales de las Cooperativas de Crédito son:

a) La Asamblea General.

b) El Consejo Rector.

c) La Comisión de Control.

(NOTA: Se suprimen las referencias a la Comisión de Control por la Ley 5/2022, de 25 de noviembre).