Artículo 34 se establecen los procedimientos administrativos derivados de las normas técnicas de seguridad para las presas y sus embalses
Artículo 34. Finalización del procedimiento.
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1. Finalizado el trámite de audiencia la Dirección General del Agua resolverá de forma expresa sobre la aprobación del nombramiento de la persona titular de la Dirección de explotación de la presa.
2. La resolución del procedimiento de aprobación del nombramiento de la persona titular de la Dirección de explotación de la presa y su notificación se efectuará en el plazo de tres (3) meses contados desde la fecha en que la solicitud del titular de la presa haya tenido entrada en el registro de la Dirección General del Agua, o desde la fecha del acuerdo de iniciación del procedimiento por parte de la Administración, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. Transcurrido el plazo de tres (3) meses sin que se haya dictado y notificado una resolución expresa, el titular de la presa entenderá desestimada su solicitud por silencio administrativo.
