Artículo 34 Ley 9/1994, ...e Cataluña

Artículo 34. Ley 9/1994, de 29 de junio, Cataluña, Reforma de la legislación relativa a la función pública de la Generalidad de Cataluña

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Artículo 34. Nueva redacción del artículo 56.

Derogado

Se modifica el artículo 56 de la Ley 17/1985, que queda redactado de la siguiente forma:

«La permanencia en la situación de servicios especiales o de excedencia forzosa se computa, a efectos de la consolidación del grado personal, como tiempo prestado en el último puesto ocupado en la situación de servicio activo o en el puesto que se haya obtenido posteriormente por concurso.»