Artículo 34 medidas 2025 fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
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Con efectos para los hechos imponibles devengados desde el 1 de junio de 2026 inclusive, se modifica el apartado cuatro del artículo 14 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del impuesto sobre la renta de las personas físicas y restantes tributos cedidos, que pasará a tener la siguiente redacción:
«Cuatro. En los demás casos, el 1,4 por 100».
