Articulo 34 Medidas Fiscales, de Gestion Financiera y Administrativa, y de Organizacion de la Generalitat
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»Artículo 34.
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Se modifica el importe del límite de renta establecido para la aplicación del tipo reducido de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados aplicable a las adquisiciones de viviendas que vayan a constituir la vivienda habitual de una familia númerosa, al que se refiere la letra d del apartado Tres del artículo Trece de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de La Generalitat, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, fijándolo en 32.218 euros.
