Articulo 34 Presupuestos 2004 La Mancha

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Artículo 34. Régimen de convocatoria de plazas.

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1. Durante el año 2004 no se producirá convocatoria de plazas para ingreso de nuevo personal con la excepción de aquellas que se destinen a sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios y que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales. En su caso, el número de estas plazas deberá respetar el límite que, con carácter básico, establezca la normativa estatal.

2. Esta convocatoria de plazas deberá ser autorizada por el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Administraciones Públicas y con el informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda sobre la existencia de dotación presupuestaria.

3. En esta autorización se podrán incluir, hasta el límite que el Consejo de Gobierno establezca, puestos o plazas que, estando incluidos en las Relaciones de Puestos de Trabajo aprobadas conforme a la normativa aplicable y presupuestariamente dotados, se encuentren desempeñados interina o temporalmente.

4. Durante el año 2004 no se procederá a la contratación de nuevo personal temporal ni al nombramiento de funcionarios interinos salvo en casos excepcionales en los que, contando con la correspondiente dotación presupuestaria, se pretenda cubrir necesidades urgentes e inaplazables.