Articulo 34 Presupuestos 2011 Canarias
Artículo 34.- Personal del sector público de la Comunidad Autónoma sometido a régimen administrativo y estatutario.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Con efectos de 1 de enero de 2011, la cuantía de las retribuciones del personal del sector público autonómico sometido a régimen administrativo y estatutario será la que resulte de la aplicación de los siguientes párrafos, sin perjuicio de lo que, en relación con determinados cargos, puestos y colectivos, se establece en preceptos posteriores.
a) Las retribuciones de dicho personal no experimentarán incremento respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2010, que resultaron de la aplicación, en términos anuales, de la disminución de retribuciones prevista en el artículo único de la Ley 7/2010, de 15 de julio, por la que se modifica la Ley 13/2009, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2010.
b) Las pagas extraordinarias, que se percibirán en los meses de junio y diciembre, incluirán, además de la cuantía del complemento de destino o concepto equivalente mensual que corresponda, las cuantías en concepto de sueldo y trienios que se determinan en el artículo 36.2.
