Articulo 34 Presupuestos 2012 Galicia

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Artículo 34. Costes de personal de las universidades de Galicia.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 81.4 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, quedan autorizados como límite máximo los siguientes costes del personal de las universidades, en los siguientes importes.

Masa salarial

Cargas sociales

Total

A Coruña

77.973,54

11.017,74

88.991,28

Santiago de Compostela

135.071,79

16.188,21

151.260,00

Vigo

81.622,54

11.975,46

93.598,00

Total

294.667,87

39.181,41

333.849,28

(Importe en miles de euros)