Articulo 34 Presupuestos 2015 Cataluña
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»Artículo 34. Limitación del aumento de gastos de personal
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En el ejercicio 2015 no pueden tramitarse expedientes de ampliación de plantilla ni disposiciones o expedientes de creación o de reestructuración de unidades orgánicas que conlleven un incremento global del gasto de personal, salvo las unidades derivadas de un traspaso de servicios o, previa autorización del Gobierno, de la puesta en funcionamiento de nuevos servicios públicos*.
*(NOTA: Se declara inconstitucional y nulo el inciso señalado)
Modificaciones
- Modificación realizada (34 (se declara inconstitucional y nulo el inciso "o previa autorización del Gobierno, de la puesta en funcionamiento de nuevos servicios p?ºblicos")) por Pleno. Sentencia 88/2016, de 28 de abril de 2016. Recurso de inconstitucionalidad 3492-2015. Interpuesto por el Presidente del Gobierno respecto del artículo 34 de la Ley del Parlamento de Cataluña 2/2015, de 11 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Cataluña para 2015. Competencias sobre ordenación general de la economía y función pública: nulidad del precepto legal autonómico que introduce excepciones a la regulación básica sobre limitaciones a los incrementos de gastos de personal.
(BOE de 31-05-2016) en vigor desde 28-04-2016 - Artículo modificado (34 (se suspende la aplicación del inciso «previa autorización del Gobierno, de la puesta en funcionamiento de nuevos servicios p?ºblicos»)) por Recurso de inconstitucionalidad n.º 3492-2015, contra el inciso último 'previa autorización del Gobierno, de la puesta en funcionamiento de nuevos servicios públicos' del artículo 34 de la Ley 2/2015, de 11 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Cataluña para el 2015.
(BOE de 01-07-2015) en vigor desde 15-06-2015
