Articulo 34 Presupuestos 2017 Murcia

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Artículo 34. Plantillas presupuestarias del personal docente y personal del Servicio Murciano de Salud.

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La Consejería de Educación y Universidades y el Servicio Murciano de Salud remitirán, trimestralmente, las plantillas presupuestarias del personal docente y del personal de las instituciones sanitarias, a la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios y a la Dirección General de Presupuestos y Fondos Europeos.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, la creación o modificación de plazas en las plantillas del Servicio Murciano de Salud pertenecientes a categorías no sanitarias requerirá el informe preceptivo y vinculante de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.