Artículo 34 presupuestos generales para el año 2026 de la Comunidad Autónoma de Galicia
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»Artículo 34. Personal eventual y de gabinete
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Uno. El personal eventual de gabinete de la Administración de la Xunta de Galicia únicamente podrá ser adscrito a los departamentos en los cuales figuren las personas que formen parte del Consejo del Gobierno gallego.
Dos. Se prohíbe la contratación de personal de gabinete por cualesquiera entidades instrumentales dependientes de la Xunta de Galicia, así como por parte de sus delegaciones territoriales.
